COMUNICADO EJIDO TILA
DE DICIEMBRE DEL 2015
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, NACIONAL
E INTERNACIONAL
A LOS LUCHADORES SOCIALES DE MEXICO Y
DEL MUNDO.
AL CONGRESO NACIONAL INDIGENA. C N I.
A LA COMISION SEXTA DEL EZLN
A LOS DERECHOS HUMANOS NO
GUBERNAMENTALES
LES QUEREMOS INFORMAR QUE LA ASAMBLEA
GENERAL EXTRAORDINARIO CELEBRADA EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2015. DE LOS
ACONTECIMIENTOS QUE PREVALECE DESDE AÑO ATRÁS HASTA LA ACTUALIDAD
NUESTROS ABUELOS Y ABUELAS FUNDARON LA POBLACIÓN INDIGENA CHOL ANTES
DE LA COLONIZACION. HOY EN DIA NOS QUIEREN REBATAR NUESTRAS TIERRA Y
TERRITORIOS EN CENTRO ECOTURISTICO.
EL MAL GOBIERNO MUNCIIAL LLEVA 72 AÑOS
DE VIOLACION DE NUESTRO DERECHO LLEVAMOS 30 AÑOS DE LUCHA POR LA VIA
JURIDICA 6 AÑOS HEMOS ESPERADO EL RESULTADO DE LA EJECUCION DE
AMPARO 1302/2010 Y EL AMPARO DE ORIGEN 259/82. LA ASAMBLEA GENERAL DE
EJIDATARIOS ACORDO DEMOLER EL PALACIO MUNICIPAL CONSTRUIDO SIN
PERMISO DE LA ASAMBLEA GENRAL. PORQUE ES EL ORIGEN DE TODAS LAS
INJUSTICIAS Y DISCRIMINACION, Y HOSTIGAMIENTO Y CONSTANTE DESPOJO DE
LA 130 HECTAREA DE NEUSTRA TIERRA ANCESTRAL PARA EL FUNDO LEGAL
BUSCANDO DESTRUIR NUESTRA COLECTIVIDAD, NUESTROS ABUELOS CAMINARON A
PIE DE TILA A TUXTLA GUTIERREZ CHIAPAS, PARA TRAMITAR LA LEGALIDA DEL
EJIDO DESDE 1922 PASANDO GRANDES PELIGROS POR LAS MONTAÑAS CAMINARON
CARGANDO SUS ALIMENTOS NO LES IMPROTO EL CANSANCIOS. PASARON LA
ESCLAITUD DE LOS COLONIZARORES Y SUFIRERON EL DESPOJO DE SUS TIERRRAS
POR LA COMPANIA EXTRANJERA PENSILVANIA PLANTATION COMPACNI ANTES DE
LA REVOLUCION DEL GRAN GENERAL EMILIANO ZAPATA DE 1910. GRACIAS A ESA
LUCHA SE LOGRO RECUPERAR 2466 HECTAREAS, Y LA RESOLUCION PRESIDENCIAL
DE 30 DE JULIO DE 1934. FUNDADO EN EL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL
CONSTITUIDO EN 1917. FRUTO DE LA SANGRE DERRAMADA DE MILES DE
CAMPESINOS Y DE ESA TIERRA HOY SEMBRAMOS Y NOS ALIMENTAMOS JUNTOS CON
NUESTROS HIJOS Y NIETOS NOS VISTE LOS ACOVIJA POR ESO HOY EN DIA LA
ASAMBLEA DIJO HEMOS HECHO MUCHAS MARCHAS Y CARABANAS SE HA HECHO CASO
O MISO Y SE JIRO OTRO ESCRITO AL C. LICENCIADO FELIPE CALDERON
HINOJOSA. NO INTERVINO. PORQUE LA RESOLUCION PRESIDENCIAL Y EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION DE 16 DE OCTUBRE DE 1934. NO CORRESPONDE EL
ESTADO TODO FUE INUTIL DE DIVERSAS OCASIONES. DOCUMENTALMENTE SE HA
DEMOSTRADO QUE EL CASERIO DE POBLADO INDIGENA ESTA SENTADO EN NUCLEO
DE POBLACION INDIGENA CHOL EJIDAL, Y NO ES CABECERA MUNICIPAL DE
ACUERDO CON EL ARTICULO 9 DE LA LEGISLACION AGRARIA.
LOS NUCLEOS DE POBLACION EJIDALES O
EJIDOS TIENEN PERSONALIDAD JURIDICA Y PATRIMONIO PROPIO SON
PROPIETARIOS DE LS TIERRAS QUE LES HAN SIDO DOTADAS. ARTICULO 22 EL
ÓRGANO SUPREMO ES LA ASAMBLEA GENERAL. ARTICULO 29 CUANDO LA
ASAMBLEA RESUELVA TERMINAR EL REGIMEN EJIDAL, EL ACUERDO RESPECTIVO
SERA PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
LO DAMOS A CONOCER DONDE ESTA
UBICADO LA CABECERA MUNICIPAL EN 25 DE AGOSTO DE 1909. SE ENCONTRABA
EN EL VECINO POBLADO PETALCINGO CON SUS 101 HECTAREAS. POR LOS
PROBLEMAS DE EPIDEMIA Y LA PRESENCIA DE LOS PARTIDARIO DE LA
REVOLUCION MEXICANA DE 1910. QUEDO ABANDONADO EL POBLADO. LOS
PRESIDENTES DE OTROS MUNICIPIOS Y LOS CACIQUES QUE LLEGARON EN LA
POBLACION INDIGENA CHOL TOMARON ACUERDO DE TRANSLADARLO
PROVISONALMENTE DE ESTA MANERA LLEGO EL QUE TANTO NOS ACAUSADO DE
TANTAS INJUSTICIAS. POR ESA RAZON NO TIENE LEGALIDAD SU POSESION POR
ESO HAN TOMADO EL ACUERDO LOS TRES NIVELES DE GOBIERNO PAGARNOS LA
CANTIDAD DE 40 MILLONES DE PESOS.
PERO EL CONOCIMIENTO Y LA SABIDURIA QUE
NOS DEJARON NUESTROS ABUELOS NOS HA ENSEÑADO A DEFENDER NUESTRA
HISTORIA, Y NUESTRA CULTURA PORQUE LA MADRE TIERRA PERTENECEMOS EN
ELLA.
EN BASE A ESO NOS QUIEREN COMPRARNOS
PARA QUE NOSOTROS MISMOS DEMOS LA PALABRA PARA NULIFICAR NUESTRA
RESOLUCION PRESIDENCIAL Y ACEPTAR EL ALTO COSTO DE VIDA Y DESPLAZAR A
TODA LA JUVENTUD DESPLAZARLOS CUANDO SE HAGA LA MEDICION DE TIERRA
CUANDO YA SEA LEGALIZADO EL FAMOSO FANAR HOY EN DIA VIVIMOS LAS TRES
ACCIONES DENTRO DE LAS 5,405 HECTAREAS. DE ESTA FORMA QUIEREN
DESESTABILIZARNOS, EL MAL GOBIERNO MUNICIPAL HA UTILIZADO LAS CALLES
MAL PAVIMENTADAS Y EL PARQUE MERCADO, QUE SI HAY MERCADO MUNCIPAL HA
INYECTADO PROGRAMAS Y PROYECTOS DE BAÑOS PARA CONTROLAR A LOS
EJIDATARIOS HA NOMBRADO DIRIGENTE DE BARRIOS Y ANEXOS DANDOLE APOYO
ECONOMICO PARA YA NO DEFENDER LA MADRE TIERRA Y DESTRUCCION DE SU
CULTURA Y SUS USOS Y COSTUMBRES Y HA UTILIZADO EL ENGAÑO Y LA
MENTIRA A LOS POBLADORES Y AVECINDADOS REGISTRANDO A SUS ESCRITURAS
QUE SI HAY FUNDO LEGAL Y HAN PAGADO PAGOS ILEGALES EN LA HACIENDA DE
AÑOS ATRÁS HASTA LA ACTUALIDAD. NOSOTROS TENEMOS LA CLARIDAD QUE
VIOLAN EL ARTICULO 74 DE LA LEGISLACION AGRARIA. LA PROPIEDAD DE LAS
TIERRAS DE USO COMUN ES INALIENABLE, IMPRESCRIPTIBLE E INEMBARGABLE.
PERO CONTODA LIBERTAD COMPRA TERRENOS A
EJIDATARIOS NO EJIDATARIOS DISQUE PARA CONSTRUIR OBRAS INCONCLUSA
COMO EL AGUA SOLO ASI PARA BAJAR LOS RECURSOS Y ANUNCIANDOLO COMO
DESARROLLO DEL MUNICIPIO Y EL EQUIPAMIENTO DE RADIOS DE COMUNICACIÓN
A LOS AGENTES DE BARRIOS Y DIRIGENTES DE LAS COMUNIDADES Y SU
PROYECTO DE MUERTE EXTENDIENDO MUCHOS PERMISOS DE CANTINAS DE BARES Y
LICORES.
DESDE ESA PRESINDENCIA MUNCIPAL FUERON
EQUIPADOS DE ARMAS Y RADIOS UNIFORMES A LOS PARAMILITARES DE PAZ Y
JUSTICIA.
LA ENTRADA DE MAQUINAS PARA
TERREPLANEAR TERRENOS Y ESTRUCTURADORES DE PIEDRAS Y TALAS DE MADERA
PARA CONSTRUCCION DE OTRAS COMUNIDADES, EL PAGO DE RENTA DE TAXIS A
PERSONAS AJENAS QUE NO SON EJIDATARIOS LO QUE RENTA, RECORDAMOS LO
QUE CONTECIO EN 2005. LA PARTICIPACION DE 2 HELICOPTEROS Y 20
COMBOLLES DE SECTORIALES Y LOS BOMBARDEROS DE GASES LACRIMOJENOS A LA
POBLACION CIVIL. EL PANICO Y LA SOSOBRA MUCHAS FAMILIAS ABANDONARON
SUS CASAS Y LA CONTRATACION DE PANDILLEROS Y DE JOVENES Y QUE CARECEN
DE RECURSOS ECONOMICOS FUERON CONTRATADOS PARA ENCAPUCHARSE PARA
MANTENER EL ORDEN MUNICIPAL.
COMO PUEBLO INDGENA CHOL DEBEMOS SER
RESPETADOS POR EL CONVENIO 169 DE LA OIT. SOBRE DERECHOS DE LOS
PUEBLOS INDIGENAS Y SALVA GUARDADOS POR EL ARTICULO 21 DE LA CORTE
INTERNA MERICANA Y NO MAS REPRESION COMO EN 1980 EN EL GOBIERNO DE
JUAN SABIENES GUTIERREZ, EN COORDINACION CON LOS CACIQUES. HOY EN DIA
HEMOS DEFENDIDO NUESTRO DERECHO DE POSESION INDIVIDUAL ARTICULO 1,
14, 16. CONSTITUCIONAL VAMOS A RETOMAR EL ARTICULO 2 UNICAMENTE
RECONOCEMOS NUESTRA PROPIA AUTORIDAD Y LA LIBRE DETERMINACION EN
CONSECUENCIA NUESTRA (AUTONOMIA). QUE UN EJIDO DEBE DE
RESPETARSE SU AUTONOMIA FRACCION 2 RESOLVER NUESTRO PROPIO CONFLICTO
INTERNO, EN EL ARTICULO 39 DE LA MISMA CONSTITUCION TIENEN TODO EL
TIEMPO EL INALIENABLE DERECHO DE ALTERAR O MODIFICAR LA FORMA DE SU
GOBIERNO.
SI VIOLAN NUESTRO DERECHO DE POBLACION
INDIGENA CHOL ESTARIAN ENCONTRA DE LA PROPIA NACION PORQUE ES
PLURICULTURAL EL TERRITORIO NACIONAL.
ATENTAMENTE
TIERRA Y LIBERTAD
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